jueves, 31 de marzo de 2011

ELEMENTOS Y REQUISITOS CONSTITUCIONALES DEL ACTO ADMINISTRATIVO.


La Constitución Federal fija requisitos de los actos administrativos, en los arts. 14 y 16, que en lo conducente prevén:
Art 14: A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Art 16: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
La competencia:
Es la posibilidad que tiene un órgano de actuar; la ley asigna al órgano determinados asuntos que puede o debe atender. Por su parte, las facultades se refieren a los servidores públicos; o sea a la aptitud que éstos reciben de la legislación para emitir los actos necesarios a fin de ejercer la competencia del órgano.

La forma escrita:
Los actos de autoridad han de ser por escrito, por mandato constitucional. Esto constituye una garantía de certeza jurídica.
Fundamentación:
Esto se refiere  a indicar con precisión que ley o leyes y cuáles de sus artículos son aplicables al caso, originan y justifican su emisión. No señalar las normas que dan fundamento legal al acto.
La fundamentación, es decir, citar el artículo y ley aplicable, se refiere tanto al contenido del acto como a la competencia del órgano y a las facultades del servidor público.
Motivación:
Consiste en describir las circunstancias de hecho que hacen aplicable la norma jurídica al caso concreto.
La motivación es la adecuación lógica del supuesto de derecho a la situación subjetiva del administrado.

Principio de legalidad.
Toda la actividad del estado, ya sea función administrativa, jurisdiccional o legislativa, debe ajustarse a la ley. Así, los actos de los órganos del poder ejecutivo han de ser producidos conforme a disposiciones previamente emitidas por el legislador.
No retroactividad:
La no retroactividad del acto administrativo se refiere a los efectos de éste es decir, no puede lesionar derechos adquiridos con anterioridad a su emisión

 Conclusión:

El acto administrativo debe ser producido por  un órgano competente, a través de un funcionario público con facultades para hacerlo.
Fundarlas implica señalar los preceptos legales sustantivos… y motivarlas es mostrar que en el caso se han realizado los supuestos de hecho que coincidan la aplicación de aquellos preceptos.
El principio de legalidad se refiere a que una persona particular puede hacer todo aquello que la ley no le prohíba. (Todo lo que no está prohibido está permitido), en cambio la administración pública solo puede hacer lo que la ley le permite expresamente.




Bibliografía:
Derecho Administrativo 1er y 2do cursos. Cuarta Edición. Rafael I Martínez Morales. “El acto administrativo”

miércoles, 30 de marzo de 2011

CONCEPTO DEL ACTO ADMINISTRATIVO Y CARACTERÍSTICAS

De una larga producción doctrinal, tomaremos cuatro conceptos de acto administrativo:
1.- Toda  declaración jurídica unilateral y ejecutiva, en virtud de la cual la administración tiende a crear, reconocer, modificar o extinguir situaciones jurídicas subjetivas. (Recaredo Fernández de Velasco).
2.- La declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o deseo realizada por la administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria. (Eduardo García de Enterría y Tomas Ramón Fernández).
3.- Es una declaración  concreta y unilateral de voluntad de un órgano de la administración activa en ejercicio de la potestad administrativa.
(Manuel M. Diez).
4.- Rafael Bielsa dice: Puede definirse el acto administrativo como decisión general o especial, de una autoridad administrativa en ejercicio de sus propias funciones sobre derechos, deberes e intereses  de las entidades administrativas  o de los particulares respecto de ellos.
Esto implica  excluir de la categoría acto administrativo la actividad reglamentaria puesto que se habla de consecuencias subjetivas; tampoco comprende los contratos que celebre la administración, ya que se señala que es una declaración  unilateral. De igual manera, no se engloban los actos de esencia extrajurídica ni los hechos jurídicos.
Las características del acto administrativo son:
a)    Es un acto jurídico.
b)    Es de derecho público.
c)    Lo emite la administración pública, o algún órgano estatal en ejercicio de la función administrativa.
d)    Persigue, de manera directa o indirecta, mediata o inmediata. El interés público.
Conclusión
Consideramos entonces que el acto administrativo es la declaración unilateral de la administración pública que produce consecuencias subjetivas de derecho.
Bibliografía:
Derecho Administrativo 1er y 2do cursos. Cuarta Edición. Rafael I Martínez Morales. “El acto administrativo”

domingo, 27 de marzo de 2011

Aspecto Orgánico y Dinámico de la Administración del Estado

Acontinuacion se definirá el aspecto orgánico y dinámico de la administración pública, como la forma de adquirir, usar y notificarnos sobre los recursos que proporcionamos los ciudadanos, los servicios que nos brindan los trabajadores públicos y su forma de autocontrol para ellos y los demás servidores públicos o entes estatales en cualquier tipo de administración (centralizada o paraestatal según el art 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).

            La ciencia del derecho administrativo, se ha encargado de mostrarnos el objetivo de estudio y regulación de la administración pública cuyo objetivo es el de organizar, prestar conservar y vigilar los servicios públicos, en estos tiempos desde finales del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, hasta nuestros tiempos los servicios públicos constituyen la actividad natural y exclusiva del Estado y en el cual no podía pretender lucro alguno, en el que se veía dominada toda actividad estatal por el derecho público dentro del cual se sometía al régimen a todos los servicios públicos.
           
            El aspecto orgánico de la administración del Estado hace referencia a todo el conjunto de leyes, normas, reglamentos, etc.… que integran la forma de relacionar los bienes, recursos o servicios del Estado para con sus gobernados, o de estos para con el Estado. En tanto que el aspecto dinámico hace mención a la forma de hacer ejercer esas leyes a su población y sus servidores públicos, la manera de relacionarse entre sí o con los órganos del Estado, es la forma de entender cómo se regula el propio Estado y sus entes, como se administración para con nuestros recursos y sobre los servicios que nos prestan como pueblo.      


Bibliografía:

Delgadillo Gutiérrez, Luis Humberto, Dr., Elementos de derecho administrativo, 2ª. ed., México, Limusa.
Delgado Maya, Rubén, Dr., Constitución Política de los Estados Unidos, comentada, 18ª. ed. México, Sista

México legal, leyes de México: http://www.mexlegal.com/
Biblioteca Jurídica: http://www.bibliojuridica.org.mx

jueves, 24 de marzo de 2011

FIDEICOMISO

FIDEICOMISO
                Un fideicomiso (del latín fideicommissum, a su vez de fides, "fe", y commissus, "comisión") es un contrato o convenio en virtud del cual una persona, llamada fideicomitente o también fiduciante, transmite bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (una persona natural, llamada fiduciaria), para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario. Cabe señalar que, al momento de la creación del fideicomiso, ninguna de las partes es propietaria del bien objeto del fideicomiso. El fideicomiso es, por tanto, un contrato por el cual una persona destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria en todas las empresas.
                Técnicamente, el contrato de fideicomiso se da entre dos partes (llamadas partes estricto sensu): fideicomitente/fiduciante - fideicomitido/fiduciario; aunque la relación fiduciaria se da entre 4 sujetos: los antes mencionados, más el beneficiario (que puede o no existir) y el fideicomisario.
                El fiduciante o fideicomitente, que es la parte que transfiere a otra bienes determinados. tiene que poseer el dominio pleno de los bienes dados en fideicomiso.
                El fiduciario, que es la parte a quien se transfieren los bienes, y que está obligada a administrarlos con la prudencia y diligencia propias del buen hombre de negocios (administrar lo ajeno como propio), que actúa sobre la base de la confianza depositada en él. Puede ser cualquier persona física o jurídica. En México el Fiduciario debe ser una persona moral autorizada para ser Fiduciaria en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito.
                El beneficiario, que es la persona en cuyo beneficio se ha instituido el fideicomiso (puede o no existir), sin ser el destinatario final de los bienes. Pueden ser una o varias personas físicas o jurídicas.
                El fideicomisario, que es el destinatario final o natural de los bienes fideicomitidos. Normalmente, el beneficiario y el fideicomisario son una misma persona. Pero puede ocurrir que no sea la misma persona, puede ser un tercero, o el propio fiduciante..
                Siguiendo la doctrina del Doctor Lacruz Verdejo, Tomo V , pag. 294 Edición de 1993, transcribimos literalmente y en sentido figurado sin anacronismos:
                “Entre nosotros, la doctrina es dominante y define la sustitución fideicomisaria repitiendo la letra del art. 781 CC español, como aquella "en cuya virtud el testador encarga al heredero que conserve y transmita a un tercero el todo o la parte de la herencia".
                Mas el citado texto comete la impropiedad de hablar de "encargo" cuando se trata de un gravamen impuesto al fiduciario de modo absoluto, y también emplea inexactamente la expresión "transmitir", porque el fiduciario no transmite los bienes al fideicomisario, sino que es la misma ley la que resuelve la titularidad y la atribuye automáticamente al segudo heredero , quedando al primero (o a sus sucesores) un deber de entregar materialmente bienes que pertenecen ya a otra persona, al menos en la mayor parte de los casos.
                Estas impropiedades del art. 781 son recuerdo de un instituto romano que se halla en el origen de la sustitución: el fideicomiso , o encargo que hace un testador al nombrado heredero de que entregue enseguida la herencia a un tercero, que no es llamado como sucesor pero que va a recibir el beneficio. El heredero (fiduciario) es una especie de pantalla, un simple intermediario entre el causante y aquel a quien favorece realmente la libertad (fideicomisario).

Conclusión:
                En conclusión habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o a otro fideicomisario.

Bibliografía:
Ghersi, C. Contratos civiles y comerciales. Astrea.
Ley del Mercado de Valores.
Ley de Instituciones de Crédito.

viernes, 18 de marzo de 2011

Empresa Pública

La mayor parte de las empresas publicas en México fueron creados al momento de que el estado inyecto capital propio a empresas privada para poderlas mantener como fuentes de empleo sustentables, el objetivo principal de estas empresas es la producción de bienes y servicios, así como la ayuda a la población en general.
Estos apoyos económicos se denominan fideicomisos y son regulados por el artículo 47 de la Constitución y el señala que estos apoyos serán para los estados y al ejecutivo federal para poder impulsar las áreas principales de desarrollo.
Actualmente no contamos con  ley que regule las empresas públicas en lo particular, ya que el art. 47 Const. solo hace una breve mención  a los fideicomisos pero no regula la formación ni la administración de estas empresas que mayor o menormente funcionan con capital del estado, y solo encontramos una Ley Federal de las Entidades Paraestatales  de 1986.
Algunas ramas donde el estado no puede inyectar capital para que se cree una empresa pública son: La banca nacional, a las instituciones nacionales de seguros y fianzas, a las entidades paraestatales.
Aunque cabe recalcar que una ley que regulare de manera integral a las empresas publicas en México facilitaría la administración y el desarrollo de las mismas.

Organismos Intermedios

Los organismos intermedios son las organizaciones de carácter público o privado que realice funciones de autoridad de verificación o certificación, o que brinde un servicio a empresas o personas que tengan un interés común, o que sean de la misma rama.
E l presidente facultado por el art.21 Const. se encuentra facultado para la creación de dichos organismos o comisiones.

Un ejemplo de estos organismos lo podemos encontrar dentro de la secretaria de economía, en el "Programa para impulsar la competitividad de los sectores industriales", aquí les adjunto el link.
http://www.economia.gob.mx/swb/work/models/economia/Resource/1027/1/images/Organismos_Intermedios.pdf

Conclusión:
Son los organismos creados para ejercer la actividad administrativa en diversas materias los cuales son creados por el ejecutivo para la mejor administración y una supervisión más adecuada a las necesidades de la secretaria o dependencia de gobierno.

Francisco Casillas Iglesias.

jueves, 10 de marzo de 2011

Antecedentes de la Administración Pública

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA ADMINISTRACIÓN
La administración nace con la necesidad humana de organizarse para subsistir. El hombre, por sí solo, es incapaz de producir los satisfactorios de sus necesidades. Fue precisamente la necesidad de disminuir o eliminar las limitantes que impone el ambiente físico, lo que le obligó a formar organizaciones sociales.
Vivimos en una sociedad donde el esfuerzo cooperativo es el núcleo de las organizaciones humanas; la eficiencia con que cada uno de sus miembros participe depende en gran medida de los administradores. Hoy en día, la complejidad de las organizaciones humanas y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, han llevado a considerar que la administración es clave para lograr los objetivos.
Los diferentes enfoques del pensamiento administrativo han aportado infinidad de conocimientos útiles para la administración. La evolución de este arte desde los tiempos del empirismo hasta la actualidad, sólo puede apreciarse con el curso de la historia. Algunos sucesos históricos de trascendencia se muestran en los hechos que se mencionan a continuación:
·         ÉPOCA PRIMITIVA: En esta época, los miembros de la tribu trabajaban en actividades de caza, pesca y recolección. Los jefes de familias ejercían la autoridad para tomar las decisiones de mayor importancia. Existía la división primitiva del trabajo originada por la diferente capacidad de los sexos y las edades de los individuos integrantes de la sociedad. Al trabajar el hombre en grupo, surgió de manera incipiente la administración, como una asociación de esfuerzos para lograr un fin determinado que requiere de la participación de varias personas.
·         PERIODO AGRÍCOLA: Se caracterizo por la aparición de la agricultura y de la vida sedentaria. Prevaleció la división del trabajo por edad y sexo. Se acentuó la organización social de tipo patriarcal.
La caza, pesca y recolección pasaron a tener un lugar de importancia en la economía agrícola de subsistencia.
El crecimiento demográfico obligó a los hombres a coordinar mejor sus esfuerzos en el grupo social y, consecuencia, a mejorar la aplicación de la administración.

·         EGIPTO: La construcción de la Gran Pirámide es buen ejemplo del trabajo coordinado y organizado de miles de obreros y sus dirigentes.

·         HEBREOS: El libro del Éxodo narra la dirección de Moisés y el establecimiento de leyes y reglas con un liderazgo poco usual.

·         GRECIA: La influencia de los grandes filósofos es determinante en la administración. Sócrates, por ejemplo, transmitió a sus discípulos la importancia universal de la armonía y la organización, para lograr los objetivos. Platón, en sus reflexiones, diserta sobre la división del trabajo.

·         CRISTIANISMO: Con Cristo, surge un liderazgo fuerte y decidido, una organización funcional extensa y una administración eficiente. Las organizaciones cristianas (entre las que destaca la católica), aportaron a la administración infinidad de principios y normas que prevalecen hasta nuestros días.
·         ANTIGÜEDAD GRACOLATINA
En esta época apareció el esclavismo; la administración se caracterizó por su orientación hacia una estricta supervisión del trabajo y el castigo corporal como forma disciplinaria. El esclavo carecía de derechos y se le ocupaba en cualquier labor de producción. Existió un bajo rendimiento productivo ocasionado por el descontento y el trato inhumano que sufrieron los esclavos debido a estas medidas administrativas. Esta forma de organización fue en gran parte la causa de la caída del Imperio Romano.
·         ÉPOCA FEUDAL
Durante el feudalismo, las relaciones sociales se caracterizaron por un régimen de servidumbre. La administración interior del feudo estaba sujeta al criterio del señor feudal, quien ejercía un control sobre la producción del siervo. Al finalizar esta época, un gran número de siervos se convirtieron en trabajadores independientes, organizándose así los talleres artesanales y el sistema de oficios con nuevas estructuras de autoridad en la administración. Los artesanos-patrones trabajaban al Iado de los oficiales y aprendices en quienes delegaban su autoridad. El desarrollo del comercio en gran escala originó que la economía familiar se convirtiera en economía de ciudad. Aparecieron las corporaciones o gremios que regulaban horarios, salarios y demás condiciones de trabajo; en dichos organismos se encuentra el origen de los actuales sindicatos.

·         LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL: La Revolución Industrial, un proceso que se inicia en Inglaterra y se extiende por todo el mundo, se caracteriza por la mecanización de la industria y la agricultura, la aplicación de la fuerza motriz, el desarrollo de fábricas y el avance en los transportes y las comunicaciones. Con el tiempo, el creciente dominio de la ciencia en la industria y el desarrollo de nuevas formas de organización se reflejan en los cambios sociales. El capitalismo como forma de organización social, es consecuencia y factor para los monopolios. La Revolución Industrial determina empresas, entre las cuales sobresalen:
a) Normas rígidas de trabajo.
b) Formas de comportamiento rutinizadas y mecanizadas.
c) Un aumento en la dependencia entre los miembros de la organización.
d) Una necesidad de coordinación permanente.
La Revolución Industrial es la génesis de la teoría científica de la administración. Con ella aparecen los estudios sobre la productividad humana, la investigación administrativa, los principios administrativos, los conceptos de administración, las funciones de ésta y el enfoque de proceso.
·         SIGLO XX
Se caracteriza por un gran desarrollo tecnológico e industrial y, consecuentemente, por la consolidación de la administración. A principios de este siglo surge la administración científica, siendo Frederick Winslow Taylor su iniciador; de ahí en adelante, multitud de autores se dedican al estudio de esta disciplina. La administración se torna indispensable en el manejo de cualquier tipo de empresa u organización dando como resultado las diferentes clases de administración, ya que a través de la misma se logra la obtención de eficiencia, la optimización de los recursos y la simplificación del trabajo.
En la actualidad, la administración se aplica en cualquier actividad organizada: desde la realización de un evento deportivo hasta el lanzamiento de un cohete ínter espacial, siendo imprescindible para el buen funcionamiento de cualquier organismo social.

MÉXICO: Los estudios sociales y antropológicos de los pueblos de la antigüedad en México muestran: hechos, costumbres, ideas religiosas, conocimientos y formas de organización, que constituyen un claro ejemplo de la administración pública.
Algunos aspectos como los ídolos, el calendario azteca (uno de los más exactos del mundo) sus vestidos llenos de esplendor, confeccionados con materias primas naturales: en suma, su administración. Los historiadores ponen de relievela dirección de sus gobernantes para lograr que sus súbditos alcanzaran mejores niveles de vida. Con todo, las fallas de la administración pública permitieron la consumación de la Conquista española, la cual casi destruye aquella civilización. A las obras ricas en tradición y esplendor económico se sobrepuso el ansia de poder y riqueza.
La época de la Colonia se caracteriza por la marginación de los auténticos pobladores de la nación. La administración pública autócrata, rígida, esclavizante y opresora no permite a los conquistados mejorar sus condiciones de vida: por ello es explicable el movimiento de Independencia. La inestabilidad del México independiente no propicia una administración pública eficiente. La disputa por el botín que significa el país culmina con la Revolución de 1910.
Al constituirse México en una república federal se pretende nivelar las clases sociales. La administración pública se hace cargo de la educación, se declara la libertad de cultos y se separa a la Iglesia del Estado. La Constitución de 1917 resume la necesidad de armonizar los intereses de los grupos sociales, en congruencia con los ideales que la inspiran, a saber: justicia, libertad y democracia.
El sufrimiento del pueblo mexicano a través de más de 300 años, culmina con una ideología que tiene su base en el respeto por los derechos humanos, la participación del pueblo en su administración y en la justa distribución de la riqueza. En términos generales, los sucesos señalados nos brindan un panorama de la administración empírica.


PERIODO DE LA ADMINISTRACIÓN CLÁSICA
El periodo de la administración clásica, llamado también de la administración científica, se encuentra representado por dos figuras sobresalientes: Frederick W. Taylor (1856-1915) y Henry Fayol (1841-1925).
Fayol nació en Constantinopla (hoy Estambul) y falleció en París. Se graduó de ingeniero de minas a los 19 años y asumió a los 47 la gerencia general de una empresa metalúrgica en la que desarrolló casi toda su carrera. Se considera a Fayol el exponente más importante de la teoría clásica de la administración. Su administración en la empresa metalúrgica enfatizó la previsión a través de la investigación y el papel de la gerencia en cuanto al logro de los objetivos.
Para Fayol, las funciones de la empresa son técnicas, comerciales, financieras, contables y administrativas. Al estudiarlas se dio cuenta que ninguna de ellas consideraba las funciones de previsión, organización, dirección, coordinación y control. Tales funciones dan origen al llamado proceso administrativo. Fayol se propuso entonces crear una ciencia de la administración, y definió 14 principios administrativos. Afirmaba que la administración es universal y su enseñanza necesaria en las universidades: enfatizó la importancia de la estructura de organización y definió el perfil del administrador.
A más de su interés en la estructura de organización lineal, Fayol incluyó el staff: afirmaba que las funciones administrativas son superiores a las funciones de la empresa, y argumentaba que los trabajadores, si bien aplican la administración en sus tareas, deben ejercer mayores funciones administrativas conforme aumenta su nivel jerárquico. Además de subrayar la importancia de emplear métodos de administración, pregonó que la previsión era la función medular del administrador.
Algunos de sus principios administrativos siguen vigentes, entre ellos:
·         División del trabajo por niveles de especialización.
·         Unidad de mando en organización lineal.
·         Centralización en la autoridad gerencial.
·         Equidad para lograr lealtad.
·         Mando lineal.
·         Unión en espíritu de equipo.
Los otros principios administrativos de Fayol se orientan a los objetivos de la empresa, la economía del trabajador, el equilibrio entre autoridad y empleados, responsabilidad y estabilidad del personal. La teoría clásica de la administración se restringe al estudio de las funciones administrativas, y a la estructura de organización, sin considerar a las personas que conforman la misma ni al medio al cual pertenecen.
PERIODO NEOCLÁSICO DE LA ADMINISTRACIÓN
Con el desarrollo de la sociología y la psicología en la administración, se produce un movimiento de reacción y oposición a la teoría clásica, conocido como enfoque humanístico, conductual o de relaciones humanas. Dicho enfoque se orienta a las personas, sus relaciones y su función en las organizaciones-empresariales.
Se considera que la teoría neoclásica presenta un enfoque ecléctico, esto es, toma en cuenta todas las corrientes existentes en la administración para reformular la teoría administrativa. La teoría neoclásica de la administración redefine los conceptos con mayor flexibilidad, considera al hombre sin dar énfasis ni a la empresa ni a los trabajadores, y pregona la interpelación e integración de objetivos empresariales e individuales.
Los estudiosos en la materia distinguen como características de la teoría neoclásica de la administración las siguientes:
·         Énfasis en las funciones administrativas.
·         Flexibilidad en los principios de la administración.
·         Orientación de los esfuerzos al logro de objetivos comunes.
·         Especificación y diseño de instrumentos administrativos operacionales.
·         Desarrollo de teorías motivacionales y conductuales.
·         Relevancia al enfoque de proceso administrativo.
·         Desarrollo de diferentes modelos de organización.
·         Relevancia a la administración por objetivos (APO).
·         Desarrollo de formas y estilos en la programación.
·         Orientación a la eficiencia óptima.
TEORÍAS CONTEMPORÁNEAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Algunas de las teorías que agrupamos en este apartado tienen sus orígenes en el inicio del siglo XX. Sin embargo, dado que sus propuestas difieren de la teoría neoclásica de la administración, las incluimos bajo el rubro de contemporáneas. Es por eso que nos referiremos las que tienen mayor relevancia  para nosotros de acuerdo a nuestro  criterio.
MODELO BUROCRÁTICO DE ORGANIZACIÓN
Max Weber sociólogo alemán, propone el modelo de la burocracia, en consonancia con el concepto de que el siglo XX es el siglo de las burocracias.
Concibe la burocracia como una forma de organización de carácter legal, formal y racional. Dicha organización requiere impersonalidad en el mando, jerarquía y autoridad indispensables, una división del trabajo minuciosamente detallada y rutinas bien establecidas. Según Weber, los componentes humanos de la burocracia son profesionales, debidamente preparados y con una completa previsión del funcionamiento: es también la organización eficiente por excelencia.
La teoría de la burocracia fue incorporada rápidamente a la administración, a pesar de que presenta serias deficiencias, al no considerar la existencia de organizaciones informales internas que, según Merton, llevan a la ineficiencia a las organizaciones formales.
TEORÍA DEL DESARROLLO ORGANIZACIONAL
Surge en el decenio de 1960 como un conjunto heterogéneo de conocimientos relativos a la administración, generados por las diversas teorías ya mencionadas. Esta teoría abarca cuatro variables dimensionales de la administración: la organización, el entorno social, los grupos sociales y el desarrollo. Con ella, se introducen en la administración conceptos como: cultura organizacional, cambio, desarrollo y dinamismo. Se enfatizan los cambios estructurares para dar dinamismo a la organización, los cuales son cuidadosamente planeados.
Se manejan postulados básicos del desarrollo organizacional que reciben influencia de las leyes de la dialéctica. Además, se generan modelos y procesos para el desarrollo. Los métodos de análisis y evaluación, como feedback (retroalimentación), el análisis transaccional y la teoría de sistemas, se integran a la teoría de la administración como conceptos trascendentes.
La simulación de situaciones expresada en modelos matemáticos hace posible manipular diversas alternativas de solución a problemas reales. Consecuentemente, la simulación permite tomar decisiones importantes, con grandes probabilidades de éxito. Las técnicas utilizadas varían desde la teoría de los juegos para el manejo de conflictos, las colas de espera para problemas de tiempo, la teoría de grafos (como PERT y CPM) para la planeación, evaluación y control, la programación lineal, la táctica y la estratégica.
La investigación operacional, como técnica básica, ofrece soluciones viables en el logro de objetivos organizacionales.
Solamente a partir del siglo XX es cuando se comienza a desarrollar el auténtico progreso de la administración. Hoy en día los países contienen en su seno multitud de organizaciones especializadas en función de las necesidades sociales, y que garantizan un servicio de calidad. Ejemplos de estas organizaciones son los hospitales, la policía, los bomberos, las universidades....etc. En cambio apenas hace 100 años los países carecían de dichas administraciones y las pocas que había apenas realizaban su función, por ejemplo las pequeñas escuelas de pueblo, un médico para toda una población... falta de hospitales...etc.

Bibliografía: http://simental_administracion.lacoctelera.net/post/2010/02/12/antecedentes-hist-ricos-la-administraci-n
Resumen de http://www.monografias.com/trabajos55/historia-de-la-administracion/historia-de-la-administracion.shtml
http://www.antecedentes.net/antecedentes-administracion.html
http://csalazar.org/2007/10/17/historia-de-la-administracion-en-las-antiguas-civilizaciones-3/